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Consejería de Medio Rural y Política Agraria
Hasta500.000 €para tu negocio
Si tienes una empresa forestal en Asturias, esta ayuda te permite dar un salto tecnológico en tu negocio. Podrías usarla para comprar maquinaria nueva como procesadoras, autocargadores o astilladoras, así como para mejorar tus instalaciones de almacenamiento y secado de madera. Está abierta a pymes y autónomos del sector y cubre hasta el 65% de tu inversión.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 65% del coste elegible, con un límite de 500.000 €.
Empresas forestales (autónomos o pymes) con domicilio fiscal y actividad en el Principado de Asturias.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Consejería de Medio Rural y Política Agraria |
|---|---|
| Importe máximo | 500.000 € |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Comercio |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 65% del proyecto |
| Código BDNS | 919835 |
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Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de comercio sin tener que leer el BOE.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La ayuda cubre hasta un máximo del 65% de los costes subvencionables, con un límite máximo por beneficiario de 500.000 euros por convocatoria.
Pueden solicitarla autónomos y pymes que sean titulares de empresas forestales con domicilio fiscal y actividad en el Principado de Asturias.
El plazo es de al menos un mes desde la publicación del extracto en el BOPA. Se debe presentar obligatoriamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Principado de Asturias.
El pago se hace efectivo tras la certificación de la ejecución de las inversiones y la realización de los controles administrativos y sobre el terreno preceptivos.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples las obligaciones, como mantener la titularidad de los activos durante al menos tres años o no justificar correctamente el gasto.

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