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Beneficiarios

Pyme (10-249) · Grande (250+)

Ámbito

Andalucía

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes una empresa agroalimentaria en Andalucía, esta convocatoria te ayuda a dar un salto tecnológico. Podrías usarla para renovar maquinaria de transformación, instalar sistemas de eficiencia energética o mejorar tus líneas de envasado y comercialización. Está abierta a pymes y grandes empresas, cubriendo una parte importante de la inversión realizada.

¿Quién puede pedirla?

Pequeñas, medianas y grandes empresas del sector agroalimentario en Andalucía que realicen inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos.

Pyme (10-249)Grande (250+)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 65% del coste elegible del proyecto.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Intensidad: hasta el 65% del coste elegible
  • Sector: Eficiencia energética
Próximamente

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras la justificación de la inversión realizada. Existe la posibilidad de solicitar un pago anticipado, el cual no podrá exceder el 50% de la subvención concedida y requiere la constitución de un aval bancario.

¿Cuánto dinero te dan?

El porcentaje base de ayuda es del 30% al 40% según el tipo de empresa y producto, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 65% en ciertos supuestos. El documento no especifica un importe máximo absoluto por beneficiario, sino que depende de la inversión elegible.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla pequeñas, medianas y grandes empresas del sector agroalimentario con sede o actividad en Andalucía que realicen inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de dos meses a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA. Se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Andalucía.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con todas las condiciones y obligaciones. Deberás devolverla si incumples los fines de la ayuda, no justificas correctamente los gastos o alteras las condiciones de la concesión.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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