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Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio

Plazo pendiente de confirmar

Moderniza tu comercio minorista en Cantabria

Beneficiarios

Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Cantabria

Ayuda

Hasta 8000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes un pequeño comercio en Cantabria, esta ayuda te permite dar un salto de calidad y modernizar tu negocio. Podrías usarla para reformar tu local, eliminar barreras arquitectónicas, comprar maquinaria nueva, instalar sistemas de seguridad o digitalizar tu gestión con nuevos equipos informáticos y una web de ventas. La ayuda cubre hasta el 35% de tu inversión, pudiendo llegar al 45% si estás adherido a la Junta Arbitral de Consumo y a una asociación de comerciantes.

¿Quién puede pedirla?

Pequeñas empresas del sector comercio y servicios complementarios con menos de 50 empleados, radicadas en Cantabria y con establecimiento físico permanente.

Microempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 45% del coste elegible, con un límite de 8000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 8000 €
  • Intensidad: hasta el 45% del coste elegible
  • Sector: Comercio
Próximamente

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se tramita tras la resolución de concesión y una vez justificada la inversión realizada y pagada íntegramente dentro del periodo establecido, siempre que estés al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir hasta 8.000 euros por beneficiario. La ayuda cubre, con carácter general, el 35% de la inversión, pudiendo alcanzar el 45% si cumples requisitos adicionales de adhesión a la Junta Arbitral de Consumo y asociaciones de comerciantes.

¿Quién puede pedirla?

Pequeñas empresas del sector comercio y servicios complementarios con menos de 50 empleados, que tengan un establecimiento físico permanente en Cantabria y cumplan con los epígrafes del IAE subvencionables.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria. Se presenta a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con la finalidad. Deberás mantener la inversión y el destino del local durante al menos dos años (equipamiento) o cinco años (obras de reforma).

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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