
Contrata a tu próximo empleado con estas ayudas
Hasta17.000 €
Consellería de Empleo, Comercio y Emigración
Convocatoria cerradaAutónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249) · Grande (250+)
Galicia
Hasta 25.000 €
3 ago 2026
Si tienes una pyme o eres autónomo con trabajadores en Galicia, esta ayuda te permite financiar formación práctica y de corta duración para tu plantilla. Podrías usarla para que tu equipo aprenda a manejar nuevas herramientas digitales, mejore sus técnicas de venta o se especialice en procesos industriales más eficientes. La ayuda cubre hasta el 70% de los costes, dependiendo del tamaño de tu empresa.
Microempresas, pymes y autónomos con trabajadores por cuenta ajena, con centro de trabajo en Galicia y al menos 3 años de antigüedad.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 70% del coste elegible, con un límite de 25.000 €.
Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.
Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.
Puedes solicitar un anticipo de hasta el 60% de la subvención tras la resolución de concesión. El resto se abona una vez justificada la realización de la formación y el cumplimiento de los requisitos.
Puedes recibir hasta 25.000 euros por entidad. La ayuda cubre entre el 50% y el 70% de los costes subvencionables, dependiendo de si eres una gran empresa, mediana, pequeña o microempresa.
Pueden solicitarla microempresas, pymes, grandes empresas y autónomos con trabajadores a su cargo, siempre que tengan centro de trabajo en Galicia y una antigüedad mínima de tres años.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 3 ago 2026). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con la formación y las obligaciones. Deberás reintegrarla total o parcialmente si no justificas los gastos o incumples los requisitos establecidos.
Cerrada — suele reabrir cada año