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Mantén los puestos de trabajo de tu empresa de inserción

Beneficiarios

Pyme (10-249) · Asociación / entidad

Ámbito

Illes Balears

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

3 feb 2025

¿Para qué te sirve?

Si gestionas una empresa de inserción o eres una entidad promotora en Baleares, esta ayuda te apoya para mantener el empleo de personas en situación de exclusión social. Podrías usarla para cubrir parte de los salarios brutos de tus trabajadores en inserción o de los técnicos que los acompañan en su día a día. Está abierta a empresas de inserción y promotoras, cubriendo un porcentaje del coste salarial según el programa.

¿Quién puede pedirla?

Empresas de inserción y empresas promotoras inscritas en el Registro de Cooperativas, Societats Laborals i Empreses d’Inserció de Baleares.

Pyme (10-249)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 40% del coste elegible del proyecto.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Sin concurso: no compites con nadie — se concede por orden de solicitud a quien cumple los requisitos, hasta agotar el presupuesto. Por eso llegar pronto importa.
  • Intensidad: hasta el 40% del coste elegible
  • Sector: Contratación
Cerrada — volverá

Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.

Para avisarte necesitamos tu cuenta: te mandamos un código y te pedimos tus datos

Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

Estas sí puedes pedirlas ahora en Illes Balears

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Fuentes oficiales
Bases reguladoras (texto oficial)
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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras la correcta presentación de la documentación justificativa indicada en las bases, una vez aprobada la resolución de concesión.

¿Cuánto dinero te dan?

La ayuda cubre el 40% del salario bruto para el Programa I (trabajadores en inserción) y el 30% para el Programa II (técnicos), con límites máximos por técnico según su función.

¿Quién puede pedirla?

Empresas de inserción y entidades promotoras inscritas en el registro autonómico de Baleares que cumplan con los requisitos de actividad y obligaciones laborales.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 3 feb 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples las obligaciones de mantenimiento de empleo o los requisitos de inserción social exigidos.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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