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Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (ivace)

Convocatoria cerrada

Instala puntos de recarga para vehículos eléctricos en tu negocio

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249) · Grande (250+) · Asociación / entidad

Ámbito

Comunitat Valenciana

Ayuda

Hasta 800.000 €

Plazo

31 dic 2025

¿Para qué te sirve?

Si tienes un negocio o eres autónomo en la Comunitat Valenciana, esta ayuda te ayuda a instalar puntos de recarga para vehículos eléctricos. Podrías usarla para poner cargadores en el parking de tu empresa, en tu hotel para clientes o en tu local comercial para tu propia flota. Es una subvención a fondo perdido que cubre una parte importante de la inversión, dependiendo de tu tamaño y ubicación.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos, pymes, grandes empresas y entidades locales en la Comunitat Valenciana que realicen la instalación de puntos de recarga.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)Grande (250+)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible, con un límite de 800.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 800.000 €
  • Intensidad: hasta el 80% del coste elegible
  • Sector: Eficiencia energética
Cerrada — volverá

Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras la ejecución del proyecto y la presentación de la documentación justificativa completa, una vez comprobado que la instalación cumple con los requisitos.

¿Cuánto dinero te dan?

El límite máximo por expediente es de 800.000 euros, aunque puede variar según el tipo de beneficiario. La ayuda cubre entre el 20% y el 80% del coste subvencionable, dependiendo de la potencia, el uso y el tamaño de tu empresa.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos, pymes, grandes empresas y entidades locales con actividad en la Comunitat Valenciana. Debes cumplir con los requisitos de la convocatoria y realizar la instalación dentro del territorio autonómico.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 31 dic 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con todas las obligaciones. Deberás mantener la instalación operativa al menos durante dos años (cinco años en caso de acceso público) y cumplir con los fines para los que se concedió.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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