
Impulsa tus proyectos culturales en Bizkaia
Hasta60.000 €
Diputación Foral de Bizkaia
Plazo pendiente de confirmarAutónomo · Pyme (10-249) · Asociación / entidad
Bizkaia
Hasta 59.000 €
Pendiente de confirmar
Si eres una entidad o empresa que desarrolla actividades culturales en Bizkaia, esta convocatoria te ayuda a financiar tus proyectos. Podrías usarla para organizar festivales, exposiciones de arte contemporáneo o cualquier iniciativa que aporte valor al panorama cultural del territorio. La ayuda cubre hasta el 85% de los gastos, dependiendo de la categoría, y está abierta a asociaciones, ayuntamientos y empresas del sector.
Asociaciones, fundaciones, cooperativas, ayuntamientos y empresas del sector cultural con domicilio en Bizkaia que realicen proyectos en el territorio.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 85% del coste elegible, con un límite de 59.000 €.
Te avisamos el día que se pueda pedir.
Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.
El pago se tramita tras la concesión y aceptación de la ayuda, sin necesidad de aportar garantías, una vez comprobado que el beneficiario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
El importe máximo varía según la categoría, alcanzando hasta 59.000€ en proyectos de interés cultural o 40.000€ en empresas. La ayuda cubre entre el 65% y el 85% del presupuesto depurado, según el tipo de proyecto.
Pueden solicitarla asociaciones, fundaciones, cooperativas, ayuntamientos y empresas culturales que tengan su domicilio fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia. Se presenta exclusivamente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Es una subvención a fondo perdido. Solo deberás devolverla si incumples las obligaciones establecidas, como no realizar la actividad, no justificar los gastos correctamente o falsear datos.
Aún sin fecha de convocatoria