
Impulsa la innovación de tu pyme con esta ayuda
Hasta250.000 €

Dirección General de Fondos Europeos
Importe según convocatoria
Si tienes un negocio o entidad con capacidad de colaborar entre España y Portugal, esta ayuda te permite financiar proyectos de innovación, sostenibilidad o desarrollo social. Podrías usarla para poner en marcha redes de conocimiento, implementar tecnologías avanzadas en tu empresa o desarrollar iniciativas de economía verde y azul. Es una oportunidad para pymes, autónomos y entidades que busquen un impacto real en las zonas fronterizas, cubriendo hasta el 75% de los costes elegibles.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 75% del coste elegible del proyecto.
Autónomos, pymes y entidades con sede en las zonas fronterizas elegibles de España y Portugal que formen un partenariado transfronterizo.
El plazo de esta edición ya pasó. Las ayudas como esta suelen reabrir cada año — te avisamos en cuanto vuelva.
| Organismo | Dirección General de Fondos Europeos |
|---|---|
| Importe máximo | Según convocatoria |
| Plazo | 14 mar 2025 |
| Sector | Digitalización |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 75% del proyecto |
| Código BDNS | 851529 |
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La ayuda cubre hasta el 75% de los costes elegibles del proyecto. El documento no especifica un importe máximo por beneficiario, pero establece un presupuesto mínimo de proyecto de 200.000 euros.
Pueden solicitarla autónomos, pymes y entidades (públicas o privadas) con sede en las zonas fronterizas elegibles entre España y Portugal, siempre que formen un partenariado con al menos un socio del otro país.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 14 mar 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
Los pagos dependen de la disponibilidad financiera de la Autoridad de Gestión y de las transferencias de la Comisión Europea tras la justificación de los gastos.
Es una subvención a fondo perdido. Sin embargo, deberás devolverla si incumples los hitos de ejecución mínima (80% del presupuesto anual) o si se detectan irregularidades en las auditorías.

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