
Mejora la sostenibilidad y accesibilidad de tu negocio cultural
Importe según convocatoria

Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears
Hasta175.000 €para tu negocio
Si te dedicas al sector audiovisual en las Illes Balears, esta convocatoria es una oportunidad para financiar tus nuevos proyectos. Podrías usarla para cubrir gastos de producción y coproducción de largometrajes, documentales, cortometrajes o series web. La ayuda está abierta a empresas del sector y cubre una parte importante de la inversión necesaria para llevar tu obra a la pantalla.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 175.000 €.
Empresas del sector audiovisual (autónomos o pymes) con sede o actividad en las Illes Balears que cumplan los requisitos de la convocatoria.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears |
|---|---|
| Importe máximo | 175.000 € |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Innovación |
| Código BDNS | 849430 |
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de innovación sin tener que leer el BOE.
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Sin jerga técnica ni visitas a ninguna oficina: nos explicas qué quieres hacer y aportamos los documentos que ya tenemos.
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Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
El importe máximo por beneficiario es de 175.000 € para largometrajes. Las bases no especifican un porcentaje fijo de cobertura, ya que depende del presupuesto del proyecto y la disponibilidad de crédito.
Pueden pedirla autónomos y empresas del sector audiovisual con actividad en las Illes Balears que cumplan los requisitos técnicos y de solvencia previstos en la convocatoria.
El plazo es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de resolución. Se presenta a través de la Seu Electrònica de la CAIB.
El abono se realiza de acuerdo con las opciones previstas en el apartado 19 de la convocatoria, sujeto a la justificación efectiva de las obligaciones y costes del proyecto.
Es una subvención a fondo perdido. Solo deberás devolverla si incumples las obligaciones de justificación, los plazos o los requisitos exigidos en las bases.

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