
Impulsa tu nuevo negocio en Pallejà con esta ayuda
Hasta1000 €

Ayuntamiento de Teruel
Hasta2000 €para tu negocio
Si has emprendido recientemente o vas a hacerlo en Teruel, esta subvención es para ti. Podrías usarla para cubrir gastos de gestoría, pagar las tasas de tu licencia de actividad, registrar tu marca o montar tu página web. Es una ayuda de pago único pensada para autónomos y pequeñas empresas que acaban de empezar o que han traspasado un negocio. Cubre hasta 2.000€ de tus gastos de puesta en marcha.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 2000 €.
Autónomos y micropymes (menos de 10 empleados) que hayan iniciado su actividad en Teruel entre el 1 de noviembre de 2023 y el 31 de octubre de 2024, o que se comprometan a hacerlo en los 12 meses siguientes.
Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.
| Organismo | Ayuntamiento de Teruel |
|---|---|
| Importe máximo | 2000 € |
| Plazo | 31 oct 2024 |
| Sector | Comercio |
| Código BDNS | 778372 |
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de comercio sin tener que leer el BOE.
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Sin jerga técnica ni visitas a ninguna oficina: nos explicas qué quieres hacer y aportamos los documentos que ya tenemos.
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Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Puedes recibir un máximo de 2.000€ por solicitante para cubrir gastos no inventariables relacionados con la puesta en marcha de tu actividad.
Autónomos y micropymes (menos de 10 trabajadores) que desarrollen su actividad en el municipio de Teruel y hayan iniciado su negocio entre el 1 de noviembre de 2023 y el 31 de octubre de 2024.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 31 oct 2024). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
El pago se realiza en un plazo estimado de tres meses desde la adopción del acuerdo de concesión, siempre que haya disponibilidad presupuestaria.
Es una subvención a fondo perdido. Solo tendrías que devolverla si incumples las condiciones de la convocatoria o si realizas un uso indebido de los fondos.