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Ayuntamiento de Breña BAJA

Convocatoria cerrada

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Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Breña Baja

Ayuda

Hasta 1500 €

Plazo

31 oct 2025

¿Para qué te sirve?

Si has montado tu propio negocio recientemente en Breña Baja, esta ayuda te ayuda a cubrir los gastos iniciales de puesta en marcha. Podrías usarla para pagar los gastos de notaría y registro, comprar mobiliario o maquinaria necesaria, o incluso para realizar reformas en tu local. Es una subvención directa que cubre hasta 1.500 euros de tu inversión inicial.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas de nueva creación (o que se instalen por primera vez en el municipio) con actividad iniciada desde el 1 de noviembre del año anterior.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 1500 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Sin concurso: no compites con nadie — se concede por orden de solicitud a quien cumple los requisitos, hasta agotar el presupuesto. Por eso llegar pronto importa.
  • Importe máximo: 1500 €
  • Sector: Comercio
Cerrada — volverá

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Las bases no detallan el momento exacto del pago, pero al ser una subvención para gastos realizados, se tramitará tras la justificación de la inversión realizada.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir un máximo de 1.500 euros por beneficiario. Las bases no concretan un porcentaje específico sobre la inversión total, pero el importe máximo está fijado en esa cantidad.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos, sociedades civiles y empresas de nueva creación (o que se instalen por primera vez en Breña Baja) que hayan iniciado su actividad desde el 1 de noviembre del año anterior.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 31 oct 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve siempre que cumplas con los requisitos y justifiques correctamente los gastos subvencionables.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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