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Impulsa tu nuevo negocio con esta ayuda

Ayuntamiento de SAN Sebastián de la Gomera

Impulsa tu nuevo negocio con esta ayuda

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

San Sebastián de La Gomera

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si has montado tu propia empresa en San Sebastián de La Gomera recientemente, esta ayuda te permite recuperar parte de la inversión inicial. Podrías usarla para cubrir gastos de notaría, comprar ordenadores, reformar tu local o incluso pagar el diseño de tu página web. Está abierta a autónomos y pymes que hayan iniciado su actividad entre junio de 2023 y junio de 2025, cubriendo hasta el 100% de los gastos justificados.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos, pymes y sociedades civiles que hayan iniciado su actividad en San Sebastián de La Gomera entre el 1 de junio de 2023 y el 30 de junio de 2025.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible del proyecto.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Comercio
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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se realiza en dos pagos: un 50% anticipado tras la concesión (si se solicita expresamente) y el 50% restante una vez justificada totalmente la inversión.

¿Cuánto dinero te dan?

El importe se calcula mediante una fórmula basada en la puntuación obtenida sobre el total de solicitudes. La ayuda puede cubrir hasta el 100% de los gastos subvencionables, dentro del límite presupuestario global de 72.000 euros.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos, pymes, sociedades civiles o comunidades de bienes que hayan iniciado su actividad en San Sebastián de La Gomera entre el 1 de junio de 2023 y el 30 de junio de 2025.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Se presenta a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla (con intereses) si incumples las condiciones, como no mantener la actividad al menos un año desde la resolución o no destinar los bienes al fin previsto por el plazo exigido.

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