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Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A.

Convocatoria cerrada

Impulsa tu nueva empresa con ayudas para inversiones y gastos

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Cantabria

Ayuda

Hasta 67.600 €

Plazo

15 oct 2024

¿Para qué te sirve?

Si has creado una empresa recientemente en Cantabria, esta ayuda te apoya en tus primeros pasos. Podrías usarla para cubrir gastos de constitución, alquilar tu local, comprar maquinaria nueva o invertir en marketing y formación. Es una subvención a fondo perdido que cubre entre el 50% y el 100% de los gastos, dependiendo de la línea que elijas.

¿Quién puede pedirla?

Empresas o autónomos constituidos en Cantabria a partir del 1 de enero de 2022.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible, con un límite de 67.600 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 67.600 €
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Comercio
Cerrada — volverá

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras la justificación de los gastos ejecutados, facturados y pagados íntegramente dentro del periodo de elegibilidad.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir hasta 67.600 € en total, con porcentajes de cobertura que varían según el concepto: 100% en gastos de constitución, 60% en formación y puesta en marcha, y 50% en activos fijos.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas de cualquier tamaño con domicilio social y centro de trabajo en Cantabria, siempre que se hayan constituido a partir del 1 de enero de 2022.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 15 oct 2024). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con las condiciones, como mantener la actividad y los activos en Cantabria durante al menos 2 o 5 años, según el tipo de bien.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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