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Hasta4548 €

Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A.
Hasta67.600 €para tu negocio
Si has creado una empresa recientemente en Cantabria, esta ayuda te apoya en tus primeros pasos. Podrías usarla para cubrir gastos de constitución, alquilar tu local, comprar maquinaria nueva o invertir en marketing y formación. Es una subvención a fondo perdido que cubre entre el 50% y el 100% de los gastos, dependiendo de la línea que elijas.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible, con un límite de 67.600 €.
Empresas o autónomos constituidos en Cantabria a partir del 1 de enero de 2022.
Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.
| Organismo | Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A. |
|---|---|
| Importe máximo | 67.600 € |
| Plazo | 15 oct 2024 |
| Sector | Comercio |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 100% del proyecto |
| Código BDNS | 778869 |
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de comercio sin tener que leer el BOE.
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Sin jerga técnica ni visitas a ninguna oficina: nos explicas qué quieres hacer y aportamos los documentos que ya tenemos.
Fondai prepara el expediente
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La administración decide
Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
Cobras y listo
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Puedes recibir hasta 67.600 € en total, con porcentajes de cobertura que varían según el concepto: 100% en gastos de constitución, 60% en formación y puesta en marcha, y 50% en activos fijos.
Autónomos y empresas de cualquier tamaño con domicilio social y centro de trabajo en Cantabria, siempre que se hayan constituido a partir del 1 de enero de 2022.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 15 oct 2024). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
El pago se realiza tras la justificación de los gastos ejecutados, facturados y pagados íntegramente dentro del periodo de elegibilidad.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con las condiciones, como mantener la actividad y los activos en Cantabria durante al menos 2 o 5 años, según el tipo de bien.