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Dirección General de Mundo Rural, CAZA, Pesca y Tauromaquia
Hasta25.000 €para tu negocio
Si tienes un negocio en un municipio pequeño de Extremadura, esta ayuda te apoya para que tu actividad siga viva y sea rentable. Podrías usarla para traspasar un negocio que va a cerrar, renovar tu comercio de proximidad, modernizar tu bar o potenciar tu explotación agraria. Está abierta a autónomos, pymes y asociaciones, y cubre el 100% de los gastos justificados hasta el límite de cada línea.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible, con un límite de 25.000 €.
Autónomos, empresas, asociaciones y fundaciones con domicilio en Extremadura que operen en núcleos de población de menos de 3.000 habitantes (o menos de 1.000 para la línea agraria).
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Dirección General de Mundo Rural, CAZA, Pesca y Tauromaquia |
|---|---|
| Importe máximo | 25.000 € |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Comercio |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 100% del proyecto |
| Código BDNS | 876753 |
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Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de comercio sin tener que leer el BOE.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Depende de la línea. En relevo empresarial hasta 25.000€, en comercio y ocio hasta 5.000€, en agraria hasta 12.000€ y en activación social hasta 10.000€. Cubre el 100% de los gastos justificados.
Autónomos, empresas, asociaciones y fundaciones con domicilio en Extremadura que operen en municipios de menos de 3.000 habitantes (o menos de 1.000 para la línea agraria).
El plazo es de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOE. Se presenta de forma telemática a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura.
Se abona en un único pago tras la justificación total de las inversiones y gastos realizados y la comprobación por parte del órgano gestor.
Es una subvención a fondo perdido. Solo deberás devolverla si incumples las condiciones, como no mantener la actividad durante al menos 24 meses o no justificar correctamente los gastos.

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