
Renueva tu flota para una movilidad sostenible
Importe según convocatoria

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración
Hasta30.000 €para tu negocio
Si eres autónomo en Galicia, esta convocatoria te ayuda a poner en marcha tu negocio, consolidarlo o incluso facilitar el relevo generacional. Podrías usarla para comprar maquinaria, reformar tu local, digitalizar tu tienda o contratar a alguien para conciliar tu vida personal y laboral. Está abierta a diversos perfiles de autónomos y cubre una parte importante de tus inversiones o gastos de mantenimiento.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 75% del coste elegible, con un límite de 30.000 €.
Autónomos y profesionales que desarrollen su actividad en Galicia y cumplan los requisitos específicos de cada programa (inicio de actividad, consolidación, relevo o conciliación).
El plazo de esta edición ya pasó. Las ayudas como esta suelen reabrir cada año — te avisamos en cuanto vuelva.
| Organismo | Consellería de Empleo, Comercio y Emigración |
|---|---|
| Importe máximo | 30.000 € |
| Plazo | 30 sept 2025 |
| Sector | Comercio |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 75% del proyecto |
| Código BDNS | 826172 |
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de comercio sin tener que leer el BOE.
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Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Depende del programa: por ejemplo, en el Programa I puedes recibir entre 2.000€ y 7.000€, mientras que en el Programa IV (relevo) la ayuda puede alcanzar los 30.000€. La cobertura varía según la línea, llegando hasta el 75% en algunos casos.
Autónomos, profesionales y sociedades de nueva creación con domicilio fiscal y actividad en Galicia. Cada programa tiene requisitos específicos de antigüedad, facturación o situación laboral previa.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 30 sept 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
El pago se realiza tras comprobar que cumples los requisitos y estás al día con tus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Se abona mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada en la solicitud.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla (total o parcialmente) si incumples obligaciones como mantener el alta en el RETA durante el tiempo exigido (generalmente 24 meses) o no realizar la publicidad obligatoria de la ayuda.

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