
Impulsa tu negocio autónomo con estas ayudas en Galicia
Hasta30.000 €
Consellería de Empleo, Comercio y Emigración
Convocatoria cerradaAutónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)
Galicia
Hasta 30.000 €
30 sept 2025
Si eres autónomo en Galicia, esta convocatoria te apoya tanto si acabas de empezar como si buscas consolidar tu negocio. Podrías usarla para cubrir gastos de inicio, contratar a alguien para sustituirte por maternidad o paternidad, o incluso para mejorar la competitividad de tu empresa con nuevas inversiones. La ayuda cubre diferentes necesidades, desde el mantenimiento de la actividad hasta la conciliación familiar, con importes que varían según el programa.
Personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia que desarrollen su actividad en Galicia y cumplan los requisitos específicos de cada programa.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 75% del coste elegible, con un límite de 30.000 €.
Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.
Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.
El pago se realiza tras comprobar los requisitos y la documentación justificativa, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud.
Depende del programa y la línea. Por ejemplo, el Programa I ofrece entre 2.000€ y 7.000€, mientras que el Programa IV puede llegar hasta 30.000€ en casos específicos. La cobertura varía según la inversión, llegando hasta el 75% en algunos casos.
Autónomos y profesionales que desarrollen su actividad en Galicia, estén dados de alta en el RETA o mutualidad, y cumplan los requisitos específicos de cada uno de los cinco programas disponibles.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 30 sept 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples las obligaciones, como no mantener el alta en el RETA durante el periodo exigido (generalmente 24 meses) o no cumplir con los requisitos de publicidad.
Cerrada — suele reabrir cada año