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Hasta30.000 €

Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación
Importe según convocatoria
Si diriges un negocio en el sector agroalimentario o pesquero, esta ayuda te permite financiar actividades clave para tu competitividad y sostenibilidad. Podrías usarla para modernizar instalaciones, realizar estudios de innovación, mejorar la gestión de riesgos agrarios o promocionar tus productos. Está abierta a diversas entidades y asociaciones del sector y cubre parte de los gastos de tus proyectos.
Entidades, asociaciones y sociedades del sector agroalimentario y pesquero, según lo especificado en el artículo 4 del Real Decreto.
Te avisamos el día que se pueda pedir.
| Organismo | Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación |
|---|---|
| Importe máximo | Según convocatoria |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Digitalización |
| Código BDNS | 801811 |
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de digitalización sin tener que leer el BOE.
Cuéntanos tu proyecto
Sin jerga técnica ni visitas a ninguna oficina: nos explicas qué quieres hacer y aportamos los documentos que ya tenemos.
Fondai prepara el expediente
Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
La administración decide
Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
Cobras y listo
El dinero entra en tu cuenta. Solo entonces abonamos nuestra comisión del 10%, nunca antes.
Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
El importe máximo depende de la entidad beneficiaria y la línea de actuación específica detallada en el artículo 6 del Real Decreto. Las bases no especifican un porcentaje único de cobertura sobre el coste total.
Está dirigida a las entidades beneficiarias enumeradas explícitamente en el artículo 4 del Real Decreto, principalmente asociaciones, fundaciones y sociedades del sector agroalimentario y pesquero.
El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOE. Se debe presentar la solicitud de forma electrónica a través del registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El pago se puede efectuar con carácter anticipado a la justificación, sin necesidad de constituir fianza, previa acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás reintegrar las cantidades percibidas más intereses si incumples los objetivos, los cronogramas de actividades o si no justificas correctamente los gastos.