
Financia la puesta en marcha de tu nuevo negocio en la Canonja
Hasta500 €

Secretaria Autonómica de Industria, Comercio y Consumo
Importe según convocatoria
Si tienes un negocio de comercio o artesanía en la Comunitat Valenciana, esta convocatoria te ayuda a modernizarte y mejorar tu competitividad. Podrías usarla para digitalizar tu tienda, mejorar la rotulación, comprar equipamiento para tu taller o promocionar tus productos. La ayuda cubre una parte importante de la inversión, dependiendo de tu puntuación y del tipo de actuación que realices.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 70% del coste elegible del proyecto.
Autónomos, pymes, micropymes y agrupaciones del sector comercio y artesanía con actividad en la Comunitat Valenciana.
El plazo de esta edición ya pasó. Las ayudas como esta suelen reabrir cada año — te avisamos en cuanto vuelva.
| Organismo | Secretaria Autonómica de Industria, Comercio y Consumo |
|---|---|
| Importe máximo | Según convocatoria |
| Plazo | 15 sept 2025 |
| Sector | Comercio |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 70% del proyecto |
| Código BDNS | 853448 |
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La cuantía depende de la puntuación obtenida en la valoración, pudiendo cubrir entre el 20% y el 70% de la inversión, según la línea de ayuda específica. Las bases no fijan un importe máximo por beneficiario, pero sí límites presupuestarios por línea.
Autónomos, pymes, micropymes y agrupaciones del sector comercio y artesanía que ejerzan su actividad en la Comunitat Valenciana. Debes cumplir con los requisitos de actividad (CNAE/IAE) y, en su caso, poseer el Documento de Calificación Artesana (DQA).
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 15 sept 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
El pago se efectuará tras la justificación de la inversión realizada, siguiendo lo previsto en los artículos 14 y 15 de las bases reguladoras.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con el objeto de la ayuda. No obstante, el incumplimiento de las obligaciones o la falta de justificación puede dar lugar al reintegro de las cantidades percibidas.

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