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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Impulsa tu comercio local con el Bono Comercio Ejea

Ayuntamiento de EJEA de los Caballeros

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Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249)

Ámbito

Ejea de los Caballeros

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes un pequeño negocio en Ejea de los Caballeros, esta ayuda te apoya para fomentar el consumo local. Podrías usarla para mejorar el equipamiento de tu tienda, renovar el mobiliario o realizar pequeñas inversiones que hagan tu local más atractivo para los clientes. Está abierta a pymes y autónomos del sector comercial y cubre parte de tus gastos de actividad.

¿Quién puede pedirla?

Pequeñas y medianas empresas (PYME) y autónomos con actividad comercial en Ejea de los Caballeros.

AutónomoPyme (10-249)
Próximamente

Te avisamos el día que se pueda pedir.

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

Estas sí puedes pedirlas ahora en Aragón

Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.

Impulsa tu negocio en el Casco Histórico de Ejea
Cubre el 80% Cierra en 4d

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Hasta4500 €

Moderniza tu negocio y mejora tus instalaciones
Cubre el 50%

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Hasta3000 €

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Ver todas las que están abiertas
Fuentes oficiales
Bases reguladoras (texto oficial)

Importe según convocatoria

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Las bases no lo concretan; te lo confirmamos al preparar tu expediente.

¿Cuánto dinero te dan?

Las bases de esta convocatoria no concretan el importe máximo por beneficiario; te lo confirmamos al preparar tu expediente.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla autónomos y pymes que cuenten con un establecimiento en Ejea de los Caballeros y cumplan con los requisitos de la normativa de subvenciones.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El documento no especifica una fecha límite ni el canal de presentación; te lo confirmamos al preparar tu expediente.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve, siempre que cumplas con las obligaciones de la convocatoria y justifiques correctamente la inversión.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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