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Impulsa tu carrera cinematográfica con este certamen de cortometrajes

Distrito de Carabanchel

Impulsa tu carrera cinematográfica con este certamen de cortometrajes

Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249)

Ámbito

Madrid

Ayuda

Hasta 8000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si eres director o productor de cine, esta convocatoria es una oportunidad para dar visibilidad a tus obras y obtener un reconocimiento económico. Podrías usar el premio para financiar la postproducción de tu próximo corto, adquirir nuevo equipo de grabación o cubrir gastos de distribución en festivales. El certamen premia la creatividad y el mérito artístico de cortometrajes de ficción, animación, experimentales y documentales.

¿Quién puede pedirla?

Personas físicas (directores/productores) y jurídicas (empresas productoras) de ámbito estatal que hayan producido un cortometraje en 2025 o 2026.

AutónomoPyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 8000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 8000 €
  • Sector: Innovación
Premio o programa en especie

Aquí no hay un ingreso que tramitar a éxito, así que Fondai no lo gestiona. Te dejamos la ficha completa y la fuente oficial por si quieres presentarte por tu cuenta.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza mediante transferencia bancaria tras la entrega de la documentación requerida (Documento T y certificado bancario de titularidad).

¿Cuánto dinero te dan?

Se otorgan 5 premios con dotación económica: 8.000€, 6.000€, 4.000€, 2.000€ y 2.000€ respectivamente, además de trofeo/placa.

¿Quién puede pedirla?

Pueden participar personas físicas (directores/as y productores/as) y jurídicas (empresas productoras) de ámbito estatal.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 25 días hábiles tras la publicación en el BOCM. Se presenta a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid o presencialmente en oficinas de registro.

¿Hay que devolverla?

Al tratarse de un premio, no es un préstamo a devolver, pero está sujeto a las retenciones fiscales correspondientes según la normativa vigente.

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