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Plazo pendiente de confirmar

Impulsa la innovación tecnológica de tu empresa con este consorcio

Beneficiarios

Pyme (10-249) · Grande (250+) · Asociación / entidad

Ámbito

Comunidad de Madrid

Ayuda

Hasta 1.250.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si eres una empresa o centro de investigación en la Comunidad de Madrid, esta ayuda te apoya para liderar proyectos de innovación tecnológica en consorcio. Podrías usarla para financiar costes de personal investigador, adquirir instrumental avanzado, contratar servicios de consultoría técnica o patentes. Está diseñada para proyectos de gran envergadura que necesiten colaboración entre empresas tractoras, pymes y organismos de investigación.

¿Quién puede pedirla?

Agrupaciones formadas por al menos una gran empresa tractora, dos pymes y un organismo de investigación, todas con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.

Pyme (10-249)Grande (250+)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible, con un límite de 1.250.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 1.250.000 €
  • Intensidad: hasta el 80% del coste elegible
  • Sector: Digitalización
Próximamente

Te avisamos el día que se pueda pedir.

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Fuentes oficiales
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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se paga de forma anticipada antes de la justificación de los gastos. El pago se realiza a la entidad tractora/coordinadora, quien es responsable de distribuir los fondos entre los participantes.

¿Cuánto dinero te dan?

El límite máximo de ayuda es de 1.250.000 euros por proyecto y año. La intensidad de la ayuda varía según el tipo de actividad y el tamaño de la empresa, alcanzando hasta un 80% en investigación industrial para pequeñas empresas.

¿Quién puede pedirla?

Agrupaciones constituidas por al menos una gran empresa tractora, dos pymes y un organismo de investigación. Todos los miembros deben tener centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOCM. Se presenta de forma electrónica a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con los objetivos y obligaciones. Debes justificar los gastos y mantener la documentación durante cinco años.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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