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Ayuntamiento de Alicante, Concejalía de Bienestar Social
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Si representas a una asociación o entidad sin ánimo de lucro en Alicante, este trámite es el paso final para confirmar la ayuda que te han concedido. Debes presentar este documento de aceptación para que la subvención sea efectiva. Es un paso obligatorio para asegurar los fondos destinados a tus proyectos de bienestar social.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible, con un límite de 10.000 €.
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o actividad en Alicante que hayan sido notificadas como beneficiarias de la convocatoria 2026.
El plazo de esta edición ya pasó. Las ayudas como esta suelen reabrir cada año — te avisamos en cuanto vuelva.
| Organismo | Ayuntamiento de Alicante, Concejalía de Bienestar Social |
|---|---|
| Importe máximo | 10.000 € |
| Plazo | 18 may 2026 |
| Sector | Comercio |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 80% del proyecto |
| Código BDNS | 904271 |
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
El importe exacto depende de la resolución individual notificada a tu entidad; el documento actual es solo el formulario de aceptación.
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que hayan sido notificadas como beneficiarias de la convocatoria de proyectos de bienestar social 2026 del Ayuntamiento de Alicante.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 18 may 2026). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
Las bases no lo concretan en este documento; te lo confirmamos al revisar la convocatoria completa de la subvención.
Es una subvención a fondo perdido, pero debes cumplir con las condiciones de la Ley 38/2003 y las bases reguladoras para evitar reintegros.

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