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Consellería de Cultura, Lengua y Juventud
Hasta20.000 €para tu negocio
Si eres un particular o empresa que ha tenido que realizar intervenciones arqueológicas en un inmueble privado por exigencia legal, esta ayuda te permite recuperar parte de la inversión. Podrías usarla para sufragar los costes de los trabajos arqueológicos necesarios para tu obra, siempre que cuenten con la autorización previa. La ayuda cubre hasta el 50% de los gastos, con límites máximos según el tipo de informe presentado.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible, con un límite de 20.000 €.
Personas físicas o jurídicas (incluyendo autónomos y entidades sin ánimo de lucro) que hayan promovido intervenciones arqueológicas en bienes inmuebles de titularidad privada.
El plazo de esta edición ya pasó. Las ayudas como esta suelen reabrir cada año — te avisamos en cuanto vuelva.
| Organismo | Consellería de Cultura, Lengua y Juventud |
|---|---|
| Importe máximo | 20.000 € |
| Plazo | 30 sept 2025 |
| Sector | Innovación |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 50% del proyecto |
| Código BDNS | 851336 |
Tramitación guiada
Preparamos y presentamos el expediente por ti.
Subsanaciones incluidas
Si la administración pide algo, lo gestionamos.
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Cobras y listo
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Puedes recibir hasta el 50% de los costes de ejecución del proyecto, con un límite máximo de 20.000 € si entregas memorias técnicas y acta de depósito, o un 20% con un límite de 8.000 € si solo entregas informes valorativos.
Autónomos, empresas y entidades sin ánimo de lucro que hayan promovido intervenciones arqueológicas en inmuebles de titularidad privada, siempre que las actuaciones estén debidamente autorizadas.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 30 sept 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
El pago se realiza tras la concesión y aceptación de la ayuda, una vez justificados los gastos y cumplidas las obligaciones de la normativa presupuestaria aplicable.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples las obligaciones de la convocatoria, como no presentar la documentación justificativa o si se detectan irregularidades en el uso de los fondos.

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