
Mejora la sostenibilidad y accesibilidad de tu negocio cultural
Importe según convocatoria

Ayuntamiento de Ágreda
Hasta4000 €para tu negocio
Si organizas eventos culturales o juveniles en Ágreda, esta ayuda te ayuda a cubrir los gastos de tus proyectos. Podrías usarla para pagar el alquiler de equipos de sonido, contratar artistas para un festival local o imprimir carteles y folletos para tus talleres. Está abierta tanto a personas físicas como a entidades sin ánimo de lucro y cubre hasta la mitad de tu presupuesto.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible, con un límite de 4000 €.
Personas físicas, jurídicas y entidades culturales o juveniles sin ánimo de lucro con ámbito de actuación local en Ágreda.
Te avisamos el día que se pueda pedir.
| Organismo | Ayuntamiento de Ágreda |
|---|---|
| Importe máximo | 4000 € |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Innovación |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 50% del proyecto |
| Código BDNS | 802512 |
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de innovación sin tener que leer el BOE.
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Sin jerga técnica ni visitas a ninguna oficina: nos explicas qué quieres hacer y aportamos los documentos que ya tenemos.
Fondai prepara el expediente
Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
La administración decide
Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
Cobras y listo
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La ayuda cubre hasta el 50% del presupuesto real de tu actividad, con un máximo de 4.000 euros por beneficiario.
Pueden solicitarla personas físicas, jurídicas y entidades culturales o juveniles sin ánimo de lucro que realicen actividades de interés local en Ágreda.
El plazo es de 10 días naturales desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Se presenta en el Registro General del Ayuntamiento de Ágreda o por los medios previstos en la Ley 39/2015.
El pago se realiza mediante transferencia bancaria en un pago único, una vez resuelta la solicitud y tras haber realizado la actividad y justificado los gastos.
Es una subvención a fondo perdido. Solo deberás devolverla si incumples la obligación de justificar los gastos o si no realizas la actividad subvencionada.