
Impulsa tus proyectos culturales en Bizkaia
Hasta60.000 €
Diputación Foral de Bizkaia
Plazo pendiente de confirmarSi te dedicas a la producción audiovisual en Bizkaia, esta ayuda te apoya en las fases clave de tu proyecto. Podrás usarla para cubrir gastos de preproducción, como escribir el guion o hacer el story board, o para la producción y promoción de tu obra en festivales y salas comerciales. La ayuda cubre hasta el 50% de los gastos, con límites máximos según la modalidad y el idioma del proyecto.
Productores audiovisuales (empresas o autónomos) con domicilio social o fiscal en Bizkaia y cuyo objeto social sea la producción audiovisual.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible, con un límite de 50.000 €.
Te avisamos el día que se pueda pedir.
Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.
El pago se tramita tras la publicación de la orden de concesión, siempre que no se renuncie expresamente a la ayuda en el plazo de 10 días hábiles. No se exige garantía alguna a las beneficiarias para el cobro.
La ayuda cubre hasta el 50% de los gastos del proyecto. El importe máximo varía según la modalidad: hasta 40.000€ para preproducción (50.000€ si es en euskera), hasta 40.000€ para promoción (25.000€ si es en euskera) y los límites para producción se detallan en la base 23.
Pueden solicitarla productores audiovisuales, ya sean empresas (sociedades anónimas, limitadas, cooperativas, etc.) o autónomos, que tengan su domicilio social o fiscal en Bizkaia y cuyo objeto social sea la producción audiovisual.
El plazo es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del decreto en el Boletín Oficial de Bizkaia. La solicitud se presenta obligatoriamente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no hay que devolverla si cumples con el proyecto y las obligaciones establecidas. Deberás reintegrarla si incumples los objetivos, no justificas correctamente los gastos o recibes financiación que supere el coste total de la actividad.
Aún sin fecha de convocatoria