
Mejora la gestión y productividad de tus terrenos forestales
Importe según convocatoria
Institut Valencià de Finances
Plazo pendiente de confirmarSi tienes una empresa en el sector agroalimentario de la Comunitat Valenciana, esta línea de financiación te ayuda a crecer con condiciones ventajosas. Podrías usarla para modernizar tu maquinaria, ampliar tus instalaciones o cubrir necesidades de capital circulante para el día a día. Es un préstamo con un tipo de interés fijo del 1,5% que te permite financiar inversiones de hasta 600.000 euros.
Sociedades mercantiles y cooperativas del sector agroalimentario (CNAE 10, 11, 46.2, 46.3) con al menos dos años de antigüedad y un empleado en la Comunitat Valenciana.
Es una ayuda reembolsable (préstamo o aval): el capital recibido deberá devolverse según las condiciones de la convocatoria. Financia hasta el 80% del coste elegible, con un límite de 600.000 €.
Esto es un préstamo o aval público: el dinero hay que devolverlo, no es una subvención a fondo perdido. No entra en nuestra tramitación a éxito — revisa las condiciones en la fuente oficial.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.
El desembolso se realiza a solicitud del prestatario, pudiendo anticiparse hasta un 25 % del valor nominal del préstamo antes de presentar los justificantes de gasto, según establezca el acuerdo de concesión.
Puedes solicitar desde 100.000 euros hasta un máximo de 600.000 euros para inversiones o 450.000 euros para circulante, cubriendo hasta el 80 % del valor de la inversión en activos fijos.
Sociedades mercantiles y cooperativas del sector agroalimentario (CNAE 10, 11, 46.2 y 46.3) con sede en la Comunitat Valenciana, al menos dos años de antigüedad y al menos un empleado o autónomo societario.
El plazo está abierto desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta que se agote el presupuesto. Se solicita de forma telemática a través de la sede electrónica de la web del IVF.
Sí, es un préstamo que debe devolverse con un tipo de interés fijo del 1,5 %. El incumplimiento de las condiciones, como la falta de justificación o el mal uso de los fondos, puede causar el vencimiento anticipado y la obligación de reembolsar el importe.