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Importe según convocatoria

Departament de la Presidència
Importe según convocatoria
Si editas publicaciones periódicas en catalán o aranés, esta ayuda te ayuda a cubrir los costes de edición y difusión. Podrías usarla para financiar la impresión de tus números, los costes de distribución o incluso para profesionalizar tu equipo con nuevas contrataciones. Está abierta a empresas periodísticas y entidades sin ánimo de lucro, cubriendo una parte significativa de los gastos según el formato y alcance de tu publicación.
Empresas periodísticas y entidades sin ánimo de lucro que editen publicaciones periódicas en papel en catalán o aranés en Cataluña.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Departament de la Presidència |
|---|---|
| Importe máximo | Según convocatoria |
| Plazo | Sin confirmar |
| Sector | Comercio |
| Código BDNS | 826503 |
Tramitación guiada
Preparamos y presentamos el expediente por ti.
Subsanaciones incluidas
Si la administración pide algo, lo gestionamos.
Cobro a éxito
0€ por adelantado, 10% solo si te la conceden.
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de comercio sin tener que leer el BOE.
Cuéntanos tu proyecto
Sin jerga técnica ni visitas a ninguna oficina: nos explicas qué quieres hacer y aportamos los documentos que ya tenemos.
Fondai prepara el expediente
Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
La administración decide
Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
Cobras y listo
El dinero entra en tu cuenta. Solo entonces abonamos nuestra comisión del 10%, nunca antes.
Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La ayuda se calcula mediante importes unitarios por número editado, ejemplares difundidos o costes de personal, sin un límite máximo global por beneficiario definido en la resolución, más allá de la dotación presupuestaria total.
Empresas periodísticas y entidades sin ánimo de lucro que editen publicaciones periódicas en soporte papel en catalán o aranés en Cataluña.
El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el DOGC. Se presenta exclusivamente por medios electrónicos a través de la web de Tràmits gencat.
El documento no especifica el momento exacto del pago, pero al ser una subvención, se tramita tras la justificación de la actividad subvencionada según las bases reguladoras.
Es una subvención a fondo perdido. Solo deberás devolverla si incumples las condiciones de la convocatoria o no justificas correctamente los gastos realizados.

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