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Expande tu negocio en mercados internacionales

Instituto de Fomento de la Región de Murcia (INFO)

Expande tu negocio en mercados internacionales

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Región de Murcia

Ayuda

Hasta 30.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes una pyme o eres autónomo en la Región de Murcia, esta ayuda te apoya para que tus productos o servicios lleguen a nuevos mercados internacionales. Podrías usarla para pagar el alquiler de un stand en una feria, los gastos de consultoría especializada para entrar en un país nuevo o los costes de participación en misiones comerciales. La ayuda cubre hasta el 100% de los gastos elegibles, con un máximo de 30.000 euros por beneficiario.

¿Quién puede pedirla?

Pymes y autónomos con actividad en la Región de Murcia, excluyendo la producción primaria de pesca y acuicultura.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible, con un límite de 30.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 30.000 €
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Comercio
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se puede solicitar un anticipo de hasta el 100% de la subvención antes de la justificación, sin necesidad de constituir garantías.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir hasta 4.600 euros de subvención bruta. La intensidad de la ayuda es del 85% para empresas innovadoras y del 70% para el resto de beneficiarios.

¿Quién puede pedirla?

Pymes innovadoras, inversores privados, centros tecnológicos, incubadoras y aceleradoras con actividad en la Región de Murcia.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM. Se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica del Instituto de Fomento.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido. Solo deberás devolverla si no cumples con las condiciones de beneficiario o si la actuación no se realiza y se procede a la desestimación.

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