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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Expande tu negocio con ayudas para franquicias extremeñas

Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio

Expande tu negocio con ayudas para franquicias extremeñas

Beneficiarios

Pyme (10-249) · Microempresa (1-9)

Ámbito

Extremadura

Ayuda

Hasta 10.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si ya tienes un negocio consolidado y quieres dar el salto al modelo de franquicia, esta ayuda te apoya en el proceso. Podrías usarla para pagar la creación de tus manuales operativos, el diseño de tu imagen corporativa, la formación inicial de tus nuevos franquiciados o incluso para promocionar tu marca en ferias del sector. La ayuda cubre entre el 40% y el 70% de estos gastos, según la categoría, para que tu expansión sea más sencilla.

¿Quién puede pedirla?

Franquicias con domicilio fiscal en Extremadura, marca registrada y al menos tres establecimientos en funcionamiento.

Pyme (10-249)Microempresa (1-9)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 70% del coste elegible, con un límite de 10.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 10.000 €
  • Intensidad: hasta el 70% del coste elegible
  • Sector: Comercio
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se cobra tras la justificación de los gastos realizados. El plazo máximo para ejecutar y pagar las inversiones es el 30 de septiembre de 2025.

¿Cuánto dinero te dan?

La ayuda cubre el 40% de los gastos de creación, actualización y formación (con límites específicos por concepto) y el 70% de los gastos de promoción, con un máximo conjunto de 10.000 euros.

¿Quién puede pedirla?

Franquicias con domicilio fiscal en Extremadura, marca registrada en la OEPM y al menos tres establecimientos en funcionamiento (propios o franquiciados).

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de un mes desde la publicación de la convocatoria en el DOE. Se presenta de forma telemática a través del Punto de Acceso General Electrónico de la Junta de Extremadura.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido. Solo deberás devolverla si incumples la finalidad, no justificas los gastos o no alcanzas el 60% de la inversión aprobada.

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