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Ayuntamiento de Enguera

Convocatoria abierta

Emprende tu negocio en Enguera con una ayuda directa

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9)

Ámbito

Enguera

Ayuda

Hasta 2000 €

Plazo

15 oct 2026

¿Para qué te sirve?

Si estás pensando en abrir un negocio en Enguera, esta ayuda te da un empujón económico para tus primeros gastos. Podrías usarla para pagar la gestoría, las tasas de notaría, el alquiler de tu local o la compra de mobiliario y equipos informáticos. Está pensada para nuevos autónomos y empresas que se instalen en el municipio, cubriendo parte de tu inversión inicial con una ayuda a fondo perdido.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas que inicien su actividad en Enguera entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, con el requisito de mantener la actividad al menos 12 meses.

AutónomoMicroempresa (1-9)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 2000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 2000 €
  • Sector: Comercio
Ayuda de importe pequeño

Por debajo de 3000 € la tramitación a éxito no compensa — ni a ti ni a nosotros. La ficha te cuenta todo lo necesario para pedirla por tu cuenta.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

La liquidación se efectúa tras justificar documentalmente los gastos de constitución e inicio de actividad, pudiendo realizarse el pago en el mismo acto de concesión si la justificación se presenta junto a la solicitud.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir 1.000€ si eres un autónomo sin local al público o 2.000€ si tienes un local abierto al público. La ayuda cubre gastos de constitución e inicio de actividad.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas (personas físicas o jurídicas) que se hayan constituido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026 y desarrollen su actividad en Enguera.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo finaliza el 15 de octubre de 2026. Se debe presentar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Enguera.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve. Sin embargo, debes mantener la actividad y el alta durante un mínimo de 12 meses; de lo contrario, estarás obligado a reintegrar las cantidades percibidas.

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