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Departament D'empresa I Treball

Convocatoria cerrada

Emprende o consolida tu negocio en zonas de transición nuclear

Beneficiarios

Autónomo

Ámbito

Municipios de las zonas I y II de afectación PENTA (Ascó y Vandellòs)

Ayuda

Hasta 8547 €

Plazo

15 jul 2026

¿Para qué te sirve?

Si eres autónomo y has iniciado tu actividad en uno de los municipios afectados por la transición nuclear, esta ayuda te apoya en tu consolidación. Podrías usarla para cubrir gastos operativos, mantener tu alta en el RETA o fortalecer tu negocio en la zona. La subvención cubre una cantidad fija por beneficiario, ayudándote a mantener tu actividad durante los primeros meses.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos empadronados y con domicilio fiscal en municipios específicos de las zonas I y II de afectación PENTA, que hayan iniciado su actividad entre el 01/07/2025 y el último día de plazo.

Autónomo

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 8547 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 8547 €
  • Sector: Eficiencia energética
Cerrada — volverá

Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

Estas sí puedes pedirlas ahora en Cataluña

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se realiza un pago anticipado del 80% tras la resolución definitiva y el 20% restante una vez justificada correctamente la actividad.

¿Cuánto dinero te dan?

La cuantía es de 8.547,00 € por beneficiario, destinada a apoyar el inicio y mantenimiento de la actividad económica.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos empadronados y con domicilio fiscal en los municipios de las zonas I y II de afectación PENTA (Ascó y Vandellòs) que hayan iniciado su actividad entre el 01/07/2025 y el fin del plazo de solicitud.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 15 jul 2026). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si no mantienes la actividad durante al menos 12 meses o si incumples los requisitos de alta en la Seguridad Social o mutualidad.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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