
Renueva tu flota para una movilidad sostenible
Importe según convocatoria

Ayuntamiento de Piera
Hasta2000 €para tu negocio
Si has abierto una empresa o te has trasladado a Piera recientemente, esta ayuda te echa un cable con los gastos iniciales. Podrías usarla para cubrir costes de puesta en marcha, comprar mobiliario o equipamiento básico para tu local, o incluso para compensar gastos si has contratado a alguien. Está abierta a nuevos empresarios y autónomos que lleven al menos un año funcionando en el municipio.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 2000 €.
Empresarios o autónomos que hayan abierto o trasladado su negocio a Piera desde el 1 de enero de 2024 y lleven al menos 12 meses de actividad ininterrumpida.
Por debajo de 3000 € la tramitación a éxito no compensa — ni a ti ni a nosotros. La ficha te cuenta todo lo necesario para pedirla por tu cuenta.
| Organismo | Ayuntamiento de Piera |
|---|---|
| Importe máximo | 2000 € |
| Plazo | Sin confirmar |
| Sector | Comercio |
| Código BDNS | 918257 |
Tramitación guiada
Preparamos y presentamos el expediente por ti.
Subsanaciones incluidas
Si la administración pide algo, lo gestionamos.
Cobro a éxito
0€ por adelantado, 10% solo si te la conceden.
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de comercio sin tener que leer el BOE.
Cuéntanos tu proyecto
Sin jerga técnica ni visitas a ninguna oficina: nos explicas qué quieres hacer y aportamos los documentos que ya tenemos.
Fondai prepara el expediente
Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
La administración decide
Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
Cobras y listo
El dinero entra en tu cuenta. Solo entonces abonamos nuestra comisión del 10%, nunca antes.
Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La ayuda parte de una base de 500 €, que puede incrementarse con 500 € adicionales por cada uno de estos conceptos: contratación de personal, ser mujer o ser joven emprendedor menor de 30 años, siendo los importes acumulables.
Pueden solicitarla empresarios o autónomos que hayan abierto o trasladado su empresa a Piera desde el 1 de enero de 2024, siempre que lleven al menos 12 meses de actividad ininterrumpida y cumplan con los requisitos de estar al corriente de pagos.
El plazo es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Se debe presentar de forma electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Piera.
El pago se realiza en un solo pago tras la presentación de la justificación de los gastos y requisitos exigidos en las bases dentro del plazo establecido.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve salvo que incumplas las condiciones, como no mantener la actividad, falsear datos o no justificar correctamente los gastos, lo cual obligaría al reintegro de la cantidad percibida.

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