
Aísla tu hotel o restaurante y ahorra energía con ayudas
Importe según convocatoria
Agencia Turismo de Galicia
Convocatoria cerradaSi tienes un negocio turístico en un municipio costero de Galicia, esta ayuda te ayuda a mejorar la imagen de tu local y hacerlo más sostenible. Podrías usarla para renovar la fachada, cambiar la iluminación por una más eficiente o digitalizar tus sistemas de reservas y gestión. Está abierta a pymes y autónomos, cubriendo hasta el 80% de tu inversión.
Autónomos y pymes titulares de establecimientos turísticos (alojamiento o restauración) en municipios costeros de Galicia, inscritos en el REAT.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible, con un límite de 250.000 €.
Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.
Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.
El pago se realiza tras la presentación de la justificación de la inversión. Existe la posibilidad de solicitar un pago anticipado de hasta el 50% de la subvención total, siempre que se constituya una garantía bancaria.
La ayuda cubre hasta el 80% del coste total subvencionable del proyecto. Las bases no establecen un importe máximo global por beneficiario, pero sí límites por línea de actuación (hasta 25.000€ en línea 1, 15.000€ en línea 2 y 250.000€ en línea 3).
Pueden solicitarla personas físicas y jurídicas (autónomos y pymes) que sean titulares de establecimientos turísticos de alojamiento o restauración ubicados en municipios costeros de Galicia y debidamente inscritos en el REAT.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 12 dic 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con el objetivo. Deberás reintegrarla si incumples las condiciones, no realizas la actividad o no mantienes la inversión y titularidad durante al menos tres años (cinco años en bienes inscribibles).
Cerrada — suele reabrir cada año