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Dirección General de Trabajo

Plazo pendiente de confirmar

Elimina el amianto y mejora la seguridad de tu centro de trabajo

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Extremadura

Ayuda

Hasta 25.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes un negocio en Extremadura y necesitas renovar tus instalaciones, esta ayuda te permite eliminar cubiertas con amianto y mejorar la seguridad en altura. Podrías usarla para retirar tejados antiguos de fibrocemento, instalar líneas de vida permanentes para el mantenimiento de cubiertas o adaptar tus instalaciones para evitar caídas. Es una subvención dirigida a autónomos y empresas que tengan al menos tres trabajadores, cubriendo una parte importante de la inversión realizada.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas con una media de al menos tres trabajadores en los últimos doce meses, con actividad económica en Extremadura y que sean propietarios o arrendatarios del centro de trabajo.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 85% del coste elegible, con un límite de 25.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 25.000 €
  • Intensidad: hasta el 85% del coste elegible
  • Sector: Contratación
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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza en un pago único tras justificar la realización total de la inversión y haber efectuado los pagos correspondientes en los plazos establecidos.

¿Cuánto dinero te dan?

Para la retirada de amianto, la ayuda cubre el 85% de la inversión con un máximo de 20.000 euros. Para líneas de vida, cubre el 50% con un máximo de 5.000 euros, siendo el límite global de 25.000 euros por centro de trabajo.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas con actividad en Extremadura que tengan una media de al menos tres trabajadores en los últimos doce meses y sean propietarios o arrendatarios del inmueble.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Se presenta de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico de la Junta de Extremadura.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con la ejecución de la obra, los plazos y las obligaciones de mantenimiento y publicidad.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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