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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Beneficiarios

Pyme (10-249)

Ámbito

Toda España

Ayuda

Hasta 29.000 €

Plazo

30 jun 2025

¿Para qué te sirve?

Si tu empresa tiene entre 50 y 250 empleados, esta ayuda te permite dar un salto tecnológico importante. Podrías usarla para implementar herramientas de gestión de clientes (CRM), mejorar tu ciberseguridad o integrar inteligencia artificial en tus procesos diarios. Es una subvención directa que cubre gran parte de la inversión necesaria para modernizar tu negocio.

¿Quién puede pedirla?

Medianas empresas de entre 50 y menos de 250 empleados con domicilio fiscal en España.

Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible, con un límite de 29.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Sin concurso: no compites con nadie — se concede por orden de solicitud a quien cumple los requisitos, hasta agotar el presupuesto. Por eso llegar pronto importa.
  • Importe máximo: 29.000 €
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Digitalización
Cerrada — volverá

Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.

Te escribimos hoy con las que ya puedes pedir

Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

Estas sí puedes pedirlas ahora

Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.

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Hasta4494 €

Ver todas las que están abiertas
Fuentes oficiales
Bases reguladoras (texto oficial)
Cerrada — volverá

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Al ser una ayuda en especie (bono digital), el importe se destina a la contratación de soluciones de digitalización con agentes digitalizadores adheridos.

¿Cuánto dinero te dan?

El documento no especifica el importe máximo individual por beneficiario, solo indica la reducción del presupuesto total de la convocatoria.

¿Quién puede pedirla?

Empresas de los segmentos IV (50 a menos de 100 empleados) y V (100 a menos de 250 empleados) según las bases reguladoras.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 30 jun 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, siempre que se cumplan los requisitos de digitalización y justificación establecidos en las bases.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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