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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249)

Ámbito

Extremadura

Ayuda

Hasta 100.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes una empresa industrial en Extremadura, esta ayuda te permite dar el salto tecnológico que tu negocio necesita. Podrías usarla para instalar sistemas de gestión avanzada, automatizar procesos de producción o implementar herramientas de análisis de datos. Está abierta a pymes y autónomos del sector industrial y cubre hasta el 85% de tu inversión.

¿Quién puede pedirla?

Empresas industriales (autónomos y pymes) con domicilio fiscal o centro de trabajo en Extremadura.

AutónomoPyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 85% del coste elegible, con un límite de 100.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Sin concurso: no compites con nadie — se concede por orden de solicitud a quien cumple los requisitos, hasta agotar el presupuesto. Por eso llegar pronto importa.
  • Importe máximo: 100.000 €
  • Intensidad: hasta el 85% del coste elegible
  • Sector: Digitalización
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se realiza en dos pagos: un 50% tras la resolución de concesión y el 50% restante una vez justificada la totalidad de la inversión.

¿Cuánto dinero te dan?

La ayuda cubre hasta el 80% de la inversión subvencionable, con un límite máximo de 100.000 euros por entidad beneficiaria.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla pymes industriales con centro productivo en Extremadura, siempre que no formen parte del sector público.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 6 meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOE. La solicitud se presenta de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico de la Junta de Extremadura.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero debes mantener la actividad y las inversiones durante al menos cinco años. El incumplimiento de las condiciones o la falta de justificación puede obligar a la revocación y reintegro de la ayuda.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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