
Impulsa tus proyectos audiovisuales con esta ayuda a la creación
Importe según convocatoria

Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte S.L.
Hasta15.000 €para tu negocio
Si te dedicas al sector audiovisual, esta ayuda está diseñada para impulsar el desarrollo de tus proyectos de largometrajes y series. Podrías usarla para financiar tareas clave como la escritura de guiones, la contratación de equipo técnico o la elaboración de planes de marketing y explotación. Es una oportunidad para autónomos y pymes del sector cultural que buscan consolidar sus producciones.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 40% del coste elegible, con un límite de 15.000 €.
Autónomos y pymes del sector audiovisual con domicilio fiscal en Cantabria que desarrollen proyectos de largometrajes o series.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte S.L. |
|---|---|
| Importe máximo | 15.000 € |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Innovación |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 40% del proyecto |
| Código BDNS | 861326 |
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Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de innovación sin tener que leer el BOE.
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Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La cuantía máxima por proyecto es de 15.000 euros, cubriendo hasta el 40% del coste presupuestado, ampliable al 60% en caso de obras audiovisuales difíciles.
Personas físicas o jurídicas constituidas como productoras audiovisuales independientes con establecimiento permanente en Cantabria.
El plazo es de 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOC. Se presenta de forma telemática a través del gestor en la web de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte (www.srecd.es).
El pago se realiza tras justificar la actividad, aunque se contempla la posibilidad de abonos anticipados de hasta el 100% bajo solicitud y previa constitución de garantía.
Es una subvención a fondo perdido. Solo deberás reintegrarla si incumples las obligaciones de ejecución, justificación, publicidad o si se detectan causas de reintegro previstas en la Ley de Subvenciones de Cantabria.

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