
Contrata personal con formación a medida para tu negocio
Importe según convocatoria
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Cierra en 19 días0 € por adelantado · solo 10% a éxito— cobramos después de que tú cobres
Si eres autónomo y necesitas ayuda para equilibrar tu negocio con tu vida familiar, esta subvención te apoya en la contratación de personal. Podrías usarla para contratar a alguien que te sustituya durante el permiso de maternidad o paternidad, o para que te ayude en el día a día si tienes hijos menores de tres años. La ayuda cubre una parte importante de los costes salariales de estas contrataciones.
Autónomos en Andalucía que necesiten contratar personal por motivos de conciliación (hijos menores de 3 años, riesgo durante el embarazo o periodos de descanso por nacimiento/adopción).
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 7200 €.
0€ por adelantado. Solo cobramos el 10% si te la conceden, y sale del dinero que te ingresan — nunca de tu bolsillo. Si no te la dan, no pagas nada.
| Si te la conceden | 7200 € |
|---|---|
| Nuestra comisión (10%) | 720 € |
| Tú te quedas | 6480 € |
Hasta7200 €para tu negocio
Tú te quedas 6480 €
Fondai la prepara y la presenta por ti
Cobramos después de que tú cobres · si no sale, no pagas
7 fases y 22 tareas hasta presentarla, ya preparadas para esta ayuda. Toca cualquiera para entrar.
Después de presentar viene cobrar: te lo enseñamos cuando toque.
No estás contratando nada. La solicitud solo se presenta después de tu visto bueno.
La ayuda se abona tras la concesión y justificación de la contratación, siguiendo los procedimientos de pago de la Junta de Andalucía.
Depende de la línea y el perfil del contratado, oscilando entre 1.700 € y 7.200 € por contrato. Las bases no especifican un porcentaje sobre el coste total, sino importes a tanto alzado.
Autónomos en Andalucía que necesiten contratar personal por el cuidado de hijos menores de 3 años, riesgo durante el embarazo o periodos de descanso por nacimiento o adopción.
El plazo finaliza el 15 de septiembre de 2026. Se debe presentar exclusivamente de forma electrónica a través de la oficina virtual de la Consejería de Empleo.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con los requisitos y mantienes las condiciones de la contratación incentivada.
0€ ahora · solo 10% cuando la consigas y cobres