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Dirección General de Empleo y Formación

Convocatoria cerrada

Contrata personal en riesgo de exclusión social

Beneficiarios

Microempresa (1-9) · Pyme (10-249) · Grande (250+)

Ámbito

Comunitat Valenciana

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

31 oct 2025

¿Para qué te sirve?

Esta ayuda está diseñada para empresas que apuestan por la integración laboral de personas en situación de exclusión social. Podrías usarla para subvencionar la contratación de personal técnico de apoyo en empresas de inserción o para cubrir parte del salario al contratar a trabajadores que han finalizado su itinerario de inserción en tu empresa ordinaria. La ayuda cubre una parte importante del coste salarial, facilitando así la incorporación de talento a tu equipo.

¿Quién puede pedirla?

Empresas promotoras de inserción o empresas ordinarias en la Comunitat Valenciana que contraten a personas en situación de exclusión social.

Microempresa (1-9)Pyme (10-249)Grande (250+)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 60% del coste elegible del proyecto.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Intensidad: hasta el 60% del coste elegible
  • Sector: Contratación
Cerrada — volverá

Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Fuentes oficiales
Bases reguladoras (texto oficial)
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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Las bases no lo concretan; te lo confirmamos al preparar tu expediente.

¿Cuánto dinero te dan?

Para empresas promotoras, hasta 3.500 euros anuales por trabajador. Para empresas ordinarias, la ayuda equivale al 60% del salario mínimo interprofesional (SMI) incluyendo pagas extra.

¿Quién puede pedirla?

Empresas promotoras de inserción o empresas ordinarias con actividad en la Comunitat Valenciana que contraten a personas que hayan realizado su itinerario de inserción.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 31 oct 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero debes cumplir con los requisitos de mantenimiento del empleo (2 años en contratos indefinidos) y las ratios establecidas para no tener que devolverla.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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