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Ayuntamiento de Breña BAJA

Convocatoria cerrada

Contrata a tu próximo empleado en Breña Baja

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249) · Asociación / entidad

Ámbito

Breña Baja

Ayuda

Hasta 1500 €

Plazo

31 oct 2025

¿Para qué te sirve?

Si tienes un negocio en Breña Baja, esta ayuda te apoya al contratar a personas desempleadas del municipio. Podrías usarla para cubrir parte de los costes salariales de una nueva incorporación, ya sea a jornada completa o parcial. Está abierta a empresas, autónomos y entidades, y ofrece una cuantía mensual según el tipo de contrato realizado.

¿Quién puede pedirla?

Empresas, autónomos y entidades con centros de trabajo en Breña Baja que contraten a personas desempleadas empadronadas en el municipio.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 1500 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Sin concurso: no compites con nadie — se concede por orden de solicitud a quien cumple los requisitos, hasta agotar el presupuesto. Por eso llegar pronto importa.
  • Importe máximo: 1500 €
  • Sector: Contratación
Cerrada — volverá

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Las bases no especifican el momento exacto del pago; se tramitará tras la resolución favorable del Servicio de Empleo y Desarrollo Local.

¿Cuánto dinero te dan?

El importe máximo a conceder por beneficiario es de 1.500 euros. Las cuantías mensuales dependen de la jornada: 250 € para jornada completa, 190 € para parcial (75-100%) y 125 € para parcial (50-75%).

¿Quién puede pedirla?

Empresas, autónomos y entidades con centros de trabajo en Breña Baja que contraten a personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo y empadronadas en el municipio con al menos 6 meses de antigüedad.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 31 oct 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve siempre que cumplas con los requisitos de contratación y mantenimiento establecidos en las bases.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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