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Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Melilla

Ayuda

Hasta 16.005 €

Plazo

5 dic 2025

¿Para qué te sirve?

Esta ayuda está diseñada para que las pequeñas empresas y autónomos de Melilla puedan crecer contratando personal o consolidando su propio negocio. Podrías usarla para cubrir los costes laborales de un nuevo contrato indefinido, ya sea a jornada completa o parcial, o para financiar tu alta en el RETA si acabas de emprender. La subvención cubre una parte importante de estos costes laborales durante dos años, ayudándote a estabilizar tu plantilla o tu actividad.

¿Quién puede pedirla?

PYMEs y autónomos que operen en Melilla, con el requisito principal de realizar contrataciones indefinidas o darse de alta como autónomos en empresas de nueva creación.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible, con un límite de 16.005 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 16.005 €
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Contratación
Cerrada — volverá

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

Estas sí puedes pedirlas ahora en Melilla

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El abono se realiza en un pago único del 100% una vez justificada la contratación o el alta en el régimen de autónomos y acreditado el cumplimiento de los requisitos.

¿Cuánto dinero te dan?

El importe máximo por trabajador contratado es de 16.004,91 euros, cubriendo el 100% del coste estándar unitario establecido para el periodo de dos años.

¿Quién puede pedirla?

Cualquier pyme o autónomo que ejerza una actividad económica en Melilla, siempre que realice contrataciones indefinidas o inicie una actividad por cuenta propia.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 5 dic 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero debes mantener el empleo o la actividad durante al menos dos años. El incumplimiento de los compromisos de empleo o la falta de justificación puede obligar a la devolución total o parcial.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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