
Contrata personal y emprende en Sils con estas ayudas
Importe según convocatoria
Departament D'empresa I Treball
Cierra en 14 días0 € por adelantado · solo 10% a éxito— cobramos después de que tú cobres
Si diriges una empresa de inserción, esta ayuda te apoya para contratar o mantener en plantilla a personas en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión. Podrías usarla para cubrir los costes salariales de nuevos empleados que necesitan una oportunidad laboral, facilitando su integración real en el mercado de trabajo. La subvención se destina a financiar estos costes salariales, ayudando a que tu negocio sea un motor de cambio social.
Empresas de inserción en Cataluña que contraten a personas en riesgo o situación de exclusión social.
0€ por adelantado. Solo cobramos el 10% si te la conceden, y sale del dinero que te ingresan — nunca de tu bolsillo. Si no te la dan, no pagas nada.
Importe según convocatoria
Fondai la prepara y la presenta por ti
Cobramos después de que tú cobres · si no sale, no pagas
7 fases y 22 tareas hasta presentarla, ya preparadas para esta ayuda. Toca cualquiera para entrar.
Después de presentar viene cobrar: te lo enseñamos cuando toque.
No estás contratando nada. La solicitud solo se presenta después de tu visto bueno.
El pago se realiza tras justificar la actividad subvencionada, cumpliendo con los términos establecidos en la Orden EMT/126/2025.
El documento no especifica un importe máximo por beneficiario, sino una dotación global de 14,9 millones de euros. La cuantía final dependerá de los módulos establecidos y de posibles prorrateos si las solicitudes superan el presupuesto.
Empresas de inserción en Cataluña que realicen contrataciones de personas en riesgo o situación de exclusión social y cumplan con los requisitos de la normativa vigente.
El plazo es del 7 al 17 de septiembre de 2026. Se debe presentar de forma telemática a través del portal Canal Empresa de la Generalitat de Catalunya.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás reintegrar las cantidades si no justificas correctamente la actividad o si incurres en alguna de las causas de reintegro previstas en la Ley General de Subvenciones.
0€ ahora · solo 10% cuando la consigas y cobres