
Contrata personal para gestionar tu oferta de microcredenciales
Hasta23.373 €

Consejería Economía, Hacienda y Empleo
Hasta45.000 €para tu negocio
Si tienes una empresa de inserción en la Comunidad de Madrid, esta ayuda te apoya para crear empleo y mejorar la integración laboral de personas vulnerables. Podrías usarla para sufragar los costes salariales de nuevas contrataciones, pagar al personal técnico que acompaña a estos trabajadores o invertir en maquinaria y equipos para ampliar tu actividad. Es una excelente oportunidad para crecer mientras generas un impacto social positivo en tu entorno.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 90% del coste elegible, con un límite de 45.000 €.
Empresas de inserción calificadas e inscritas en el Registro Administrativo de la Comunidad de Madrid.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Consejería Economía, Hacienda y Empleo |
|---|---|
| Importe máximo | 45.000 € |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Contratación |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 90% del proyecto |
| Código BDNS | 917544 |
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Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de contratación sin tener que leer el BOE.
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Sin jerga técnica ni visitas a ninguna oficina: nos explicas qué quieres hacer y aportamos los documentos que ya tenemos.
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Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Depende de la ayuda: 15.756€ por puesto de inserción, hasta 33.250€ por personal técnico, 13.000€ para gerencia y hasta 15.000€ por puesto creado en inversión (con límite del 90% del coste y máximo de 45.000€ por empresa).
Empresas de inserción y sus entidades promotoras con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid que estén inscritas y calificadas en el Registro Administrativo correspondiente.
El plazo es de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOCM. Se presenta de forma electrónica a través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid.
El pago se realiza tras la justificación de las actuaciones subvencionables, conforme a los plazos y condiciones establecidos en la orden de concesión.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con los requisitos. Deberás devolverla si incumples las obligaciones de mantenimiento de empleo, publicidad o si se detectan irregularidades en la justificación.

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