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Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias

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Beneficiarios

Asociación / entidad

Ámbito

Principado de Asturias

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si gestionas un Centro Especial de Empleo en Asturias, esta ayuda te apoya para cubrir los costes salariales de tu plantilla. Podrás usarla para financiar los sueldos de tus trabajadores con discapacidad y también para mantener las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional. Es una convocatoria pensada para empresas y entidades sin ánimo de lucro que buscan estabilidad en su equipo. Cubre una parte importante de los costes salariales, incluyendo pagas extras.

¿Quién puede pedirla?

Empresas y entidades calificadas y registradas como Centros Especiales de Empleo en el Principado de Asturias.

Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible del proyecto.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Intensidad: hasta el 50% del coste elegible
  • Sector: Contratación
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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras la justificación de los costes salariales. Existe la posibilidad de solicitar un abono anticipado de hasta el 75% de la subvención concedida, siempre que se presente la garantía correspondiente.

¿Cuánto dinero te dan?

La ayuda cubre hasta el 50% del Salario Mínimo Interprofesional por cada contrato, pudiendo incrementarse un 10% adicional para personas con especiales dificultades de empleabilidad. El importe máximo por beneficiario no está fijado globalmente, sino que depende de la plantilla y los costes salariales justificados.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla empresas y entidades sin ánimo de lucro que estén calificadas y registradas como Centros Especiales de Empleo en el Principado de Asturias.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 10 días hábiles desde la publicación del extracto de la resolución en el BOPA. La solicitud se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica del Principado de Asturias (código AYUD0515T01).

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con todas las obligaciones. Deberás reintegrarla si incumples los requisitos, si el importe justificado es menor al concedido o si hay remanentes no aplicados.

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