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Contrata a personas con discapacidad en tu centro especial de empleo

Instituto Aragonés de Empleo (inaem)

Contrata a personas con discapacidad en tu centro especial de empleo

Beneficiarios

Asociación / entidad

Ámbito

Aragón

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si gestionas un Centro Especial de Empleo en Aragón, esta ayuda te apoya para crear puestos de trabajo estables. Podrías usarla para financiar la compra de maquinaria, equipos informáticos o mobiliario necesario para adaptar los puestos de trabajo de tus nuevos empleados. La subvención cubre parte de la inversión fija vinculada a estas nuevas contrataciones indefinidas o transformaciones de contratos temporales.

¿Quién puede pedirla?

Centros Especiales de Empleo (CEE) inscritos en el Registro de la Comunidad Autónoma de Aragón que realicen inversiones para crear empleo estable para personas con discapacidad.

Asociación / entidad
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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras la justificación de la inversión. Si la inversión ya está hecha, se justifica en la solicitud; si es posterior, se justifica en los 10 días siguientes a la finalización del plazo de ejecución.

¿Cuánto dinero te dan?

El documento asigna un importe total de 500.000 euros para el programa, pero no especifica un máximo por beneficiario ni el porcentaje exacto de cobertura, remitiendo a las bases reguladoras de la Orden EPE/23/2023.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla los Centros Especiales de Empleo (CEE) que posean la calificación administrativa como tales y estén inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Aragón.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Aragón. Se presenta de forma electrónica a través de la herramienta GCEEI en la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con la actividad y los requisitos. Deberás reintegrarla si no justificas la inversión o incumples las obligaciones de mantenimiento de empleo y publicidad.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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