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Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Convocatoria cerrada

Contrata a personal formado para tu negocio

Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249) · Grande (250+) · Asociación / entidad

Ámbito

Andalucía

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

30 sept 2025

¿Para qué te sirve?

Si buscas personal cualificado para tu empresa, esta ayuda te permite financiar programas formativos a medida con un compromiso de contratación. Podrías usarla para formar a los trabajadores que tu negocio necesita en áreas específicas y asegurar su incorporación a tu plantilla. Está abierta a empresas y entidades de formación en Andalucía y cubre los costes de la formación impartida.

¿Quién puede pedirla?

Empresas y entidades de formación en Andalucía que se comprometan a contratar al menos al 40% del alumnado formado.

AutónomoPyme (10-249)Grande (250+)Asociación / entidad
Cerrada — volverá

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

Estas sí puedes pedirlas ahora en Andalucía

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se efectúa según la secuencia indicada en el cuadro resumen de las bases reguladoras. En programas de varias ediciones, el segundo pago se realiza tras la justificación final y su comprobación formal.

¿Cuánto dinero te dan?

La cuantía se determina mediante el sumatorio del producto de las horas formativas por el número de alumnos y el importe del módulo económico establecido en el Anexo II. Las bases no fijan un máximo por beneficiario, sino que depende de la especialidad y el número de alumnos.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla empresas y entidades de formación con sede o centro de trabajo en Andalucía que se comprometan a contratar al menos al 40% del alumnado formado.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 30 sept 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla total o parcialmente si incumples el compromiso de contratación (mínimo 40% del alumnado) o las condiciones laborales exigidas.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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