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Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación

Convocatoria abierta

Consigue avales para financiar tu negocio agroalimentario

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Toda España

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

30 sept 2028

¿Para qué te sirve?

Si eres titular de una explotación agraria, pesquera o una pyme agroalimentaria, esta ayuda te facilita el acceso a financiación bancaria. Podrías usarla para cubrir el coste de los avales que te pide el banco al solicitar un préstamo para modernizar tu maquinaria, ampliar tus instalaciones o mejorar tu capital circulante. El programa subvenciona directamente el coste de estos avales concedidos por SAECA.

¿Quién puede pedirla?

Titulares de explotaciones agrarias, operadores del sector pesquero o pymes agroalimentarias que necesiten avales de SAECA para préstamos.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)
Financiación pública (se devuelve)

Esto es un préstamo o aval público: el dinero hay que devolverlo, no es una subvención a fondo perdido. No entra en nuestra tramitación a éxito — revisa las condiciones en la fuente oficial.

Estas sí puedes pedirlas ahora

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Financiación pública (se devuelve)

Esto es un préstamo o aval público: el dinero hay que devolverlo, no es una subvención a fondo perdido. No entra en nuestra tramitación a éxito — revisa las condiciones en la fuente oficial.

Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

La ayuda se concede en régimen de concesión directa. Las bases no detallan el momento exacto del pago, pero este queda condicionado a la existencia de crédito adecuado en el momento de la concesión.

¿Cuánto dinero te dan?

El programa subvenciona el coste de los avales concedidos por SAECA para préstamos con entidades financieras. Las bases no especifican un importe máximo por beneficiario, pero el presupuesto total es de 75 millones de euros.

¿Quién puede pedirla?

Titulares de explotaciones agrarias, operadores del sector pesquero y pymes agroalimentarias. Deben cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto 388/2021.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

Puedes solicitarla hasta el 30 de septiembre de 2028. Se presenta electrónicamente junto con la solicitud del aval ante SAECA, marcando la casilla específica en el mismo documento.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido para cubrir el coste del aval. Deberás devolverla si incumples las obligaciones o si el importe total de ayudas recibidas supera el coste de la actividad subvencionada.

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