
Renueva tu flota de vehículos para el reparto urbano
Hasta15.000 €
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Convocatoria cerradaAutónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)
Comunidad de Madrid
Hasta 2000 €
29 jun 2026
Si te dedicas al transporte de personas con movilidad reducida, esta ayuda te ayuda a cubrir los costes operativos extra que conlleva tu actividad. Podrías usarla para compensar los gastos derivados de la atención especializada y las adaptaciones técnicas de tus vehículos. Está abierta a titulares de licencias de autotaxi o autorizaciones de VTC adaptadas en la Comunidad de Madrid y cubre hasta 2.000 euros por beneficiario.
Titulares de licencias de autotaxi o autorizaciones de VTC adaptadas domiciliadas en la Comunidad de Madrid que realicen al menos 200 viajes a personas con movilidad reducida.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 2000 €.
Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.
Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.
El pago se efectuará tras la justificación de la ayuda y una vez examinada la documentación aportada, comprobando que el beneficiario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La cuantía se determina mediante prorrateo entre los beneficiarios, con un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario. Las bases no especifican un porcentaje sobre el gasto total.
Personas físicas o jurídicas titulares de una licencia de autotaxi o autorización de VTC adaptada domiciliada en la Comunidad de Madrid. Debes haber realizado un mínimo de 200 viajes a personas con movilidad reducida en el periodo subvencionable.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 29 jun 2026). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples la obligación de justificación, si no cumples los requisitos, o si obstruyes las actuaciones de control y seguimiento.
Cerrada — suele reabrir cada año