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Departament D'agricultura, Ramaderia, Pesca I Alimentació

Plazo pendiente de confirmar

Compensa las pérdidas de tu explotación agraria tras los incendios

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249) · Asociación / entidad

Ámbito

Tivenys, Aldover, Granyena de Segarra, Sanaüja, Vilanova de l'Aguda

Ayuda

Hasta 10.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tu explotación agraria se vio afectada por los incendios de 2025 en Tivenys, Aldover, Granyena de Segarra, Sanaüja o Vilanova de l'Aguda, esta ayuda te ayuda a recuperar la viabilidad económica. Podrías usarla para cubrir la pérdida de ingresos y compensar los daños sufridos en tu actividad. Es una subvención directa para titulares de explotaciones que cumplan los requisitos de actividad agraria.

¿Quién puede pedirla?

Titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas afectadas por los incendios mencionados, inscritas en SIEX o REGA.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 20% del coste elegible, con un límite de 10.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 10.000 €
  • Intensidad: hasta el 20% del coste elegible
  • Sector: Comercio
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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realizará tras la comprobación del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario, delegada en el Servei d’Ajuts a la Sostenibilitat Agrària.

¿Cuánto dinero te dan?

La ayuda cubre hasta el 20% de tus ingresos agrarios declarados, con un mínimo de 1.500 € y un máximo de 10.000 € por beneficiario. Si tienes seguro agrario, el importe puede oscilar entre 6.000 € y 16.000 €.

¿Quién puede pedirla?

Titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas inscritas en el SIEX o REGA que hayan sufrido daños por los incendios de 2025 en las zonas delimitadas y que cumplan con los requisitos de ingresos agrarios.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOGC. Se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con las bases. Deberás reintegrarla si incurres en causas de incumplimiento, falsedad en los datos o si solicitas la renuncia voluntaria.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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