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Aumenta tus ventas con los bonos de consumo de Santanyí

Ayuntamiento de Santanyí

Aumenta tus ventas con los bonos de consumo de Santanyí

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9)

Ámbito

Santanyí

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes un pequeño negocio en Santanyí, esta campaña de bonos te ayuda a atraer clientes y fomentar las compras locales. Podrías usarla para incentivar a tus vecinos a que elijan tu establecimiento para sus compras diarias, ya sea en alimentación, moda, servicios de estética o restauración. La ayuda consiste en bonos de descuento que se aplican directamente en las ventas, facilitando que los residentes consuman en tu local.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas con máximo 20 trabajadores y facturación anual inferior a 2 millones de euros, con local en el municipio de Santanyí.

AutónomoMicroempresa (1-9)
Premio o programa en especie

Aquí no hay un ingreso que tramitar a éxito, así que Fondai no lo gestiona. Te dejamos la ficha completa y la fuente oficial por si quieres presentarte por tu cuenta.

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Fuentes oficiales
Bases reguladoras (texto oficial)

Importe según convocatoria

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El cobro de los bonos canjeados se realiza con carácter quincenal mediante transferencia bancaria a la cuenta de la entidad beneficiaria, tras verificar la justificación de las ventas.

¿Cuánto dinero te dan?

El programa no otorga una subvención directa en metálico al negocio, sino que financia bonos de descuento de 20€ para los clientes en compras mínimas de 30€, gestionados a través de la Cámara de Comercio.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas con sede o actividad en Santanyí, que tengan una plantilla media máxima de 20 trabajadores y una facturación anual inferior a 2 millones de euros.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 10 días naturales desde la publicación de la convocatoria en el BOIB. Se solicita de forma telemática a través de la web habilitada por el Ayuntamiento.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero el incumplimiento de las condiciones, como no mantener la actividad o realizar un uso fraudulento de los bonos, puede obligar al reintegro de las cantidades recibidas.

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